El Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín, de ahora en adelante el “organizador”, realizará un sorteo entre sus afiliados titulares con la finalidad de celebrar el día del Empleado de Comercio del año 2024, cuyas bases y condiciones se establecen a continuación.
1.-Quienes pueden participar: Pueden participar afiliados titulares al “organizador” - que tengan como mínimo 3 (tres) meses de antigüedad de afiliación - y jubilados, todos ellos con acreditación del carnet-.
2.- Cómo se participa del sorteo: Se repartirá 1 (un) un talonario, que consta de 10.000 (diez mil) números, que van desde el 0000 al 9999. El talonario pertenece en su totalidad a dos categorías de premios consistentes: “viajes” a los destinos ofrecidos por el “organizador”; y a la categoría “electrodomésticos y/o varios”. Los números del talonario se repartirán entre los afiliados titulares; en cada talón constará un número designado para la categoría de “viajes” y “electrodomésticos y/o premios varios”. Se entregarán en todas las delegaciones del organizador. Los talones se repartirán en cada delegación a partir del día 05/08/2024 al y hasta agotar dicha cantidad de números y/o hasta el día 20/09/2024 de del corriente.-
2.1. Modalidad del sorteo: Se tomarán como referencia a efectos de establecer los números ganadores, los veinte primeros números que salgan sorteados en la Lotería de la Ciudad (Ex Nacional) nocturna, en el mismo y exacto orden de prelación en el que salgan publicados, iniciando el día del sorteo el día 23/09/2024 y hasta el 27/09/2024; y desde el 30/9/2024 hasta el 4/10/24 –fechas inclusive-
2.2 Grilla de premios: El “organizador” publicará mediante un código QR que deberá ser escaneado mediante cualquier dispositivo móvil, que será expuesto de manera pública mediante afiches en todas las delegaciones, será escaneado por el afiliado titular como se menciona a efectos de conocer la grilla de premios establecidos por el organizador. ------
De tal forma, cada afiliado titular, deberá chequear día a día durante el plazo de las fechas mencionadas en el punto 2.1, los veinte primeros números sorteados por la Lotería de la Ciudad (ex Nacional) a efectos de corroborar si alguno de esos veinte números coinciden con el número que posea.
2.3 Ejemplo de control de premios a efectos de establecer si el/los número/s del afiliado resulta ganador: si su número de talón es el 4.235 (cuatro mil doscientos treinta y cinco), y dicho número sale publicado en el orden número 5 –quinta posición de la tabla del sorteo de la publicación de la Lotería mencionada-, se deberá cotejar con la grilla de premios que surgen del código QR puesta a disposición por el “organizador”, a efectos de identificar cuál es el premio designado para ese día en la quinta posición.
2.4 Cada persona recibirá un sólo talón que servirá para ganar tanto premios de la categoría “viajes” y premios de la categoría “electrodomésticos/varios”
3.- Constancia de inscripción. Talón. A efectos de controlar que cada número que se entrega al afiliado titular pertenezca al mismo, se realizará un control de identidad, en donde cada número extendido será debidamente identificado mediante el talón idéntico que permanecerá en poder del organizador, de manera tal que cada número/s extendido/s, tendrá el número de DNI del afiliado a quien se le extendió.
4.-Retiro del premio. Solo podrán retirar el premio los afiliados ganadores con el talón que se les entregó, donde consta el número que le fue designado y debe corresponderse con el número sorteado acorde la modalidad explicada en el punto 2.
4.1 Los premios se encuentran en la sede del organizador, en la calle 99 N 1960 (Ex Roca) de la localidad y partido de Gral. San Martín que deberán ser retirados por el afiliado ganador hasta 30 días corridos posteriores a la finalización total del sorteo detallado en el 2.1, de Lunes a Viernes de 12hs. y las 17hs.
4.2 Los premios sorteados en la categoría “electrodomésticos” no se envían a domicilio del afiliado ganador. De elegir trasladar el premio en flete y/o medio de transporte público o privado, dichos costos de flete y/o acarreo es a cargo del afiliado ganador. El “organizador” no se responsabiliza por los daños y perjuicios que el medio de transporte elegido por el ganador puedan ocasionar a la cosa - premio obtenido -; por lo que a partir de la entrega, ya sea al ganador o al personal del flete y/o medio de transporte elegido, en la sede del “organizador” y firma del retiro en conformidad, dicha entrega en mano acarrea el deslinde automático, mismo dentro de la sede del gremio, por cualquier caída del producto o inconveniente una vez entregado el premio, de responsabilidad por los daños a/o en la cosa es absoluto.
4.3 Los premios sorteados en la categoría “viajes” se gozarán únicamente en las fechas y acorde las estipulaciones que surgen de código QR puesto a disposición de todos los afiliados en las carteleras y medios virtuales del “organizador”, vencidos dichos plazos pierde vigencia el premio y su utilización y no podrá ser gozado. El premio no podrá ser utilizado en días feriados y/o fines de semanas largos que incluyan días feriados. No incluye transportes de ningún tipo, el premio es únicamente la estadía, los beneficios establecidos y especificaciones de cada destino surgen del código QR que se pone a disposición del afiliado como se menciona.
5. Todos los participantes autorizan expresamente la publicación por medios gráficos, tecnológicos, audio-visuales y redes sociales de sus nombres completos, DNI e imagen fotográfica, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia del sorteo y posterior a la finalización del mismo, sin límite de tiempo.
5.1 Aceptación de bases y condiciones. La participación en el concurso mediante la aceptación de la entrega del talón por parte del “organizador” implica pleno conocimiento y aceptación de las presentes bases y condiciones. Cualquier violación a las mismas podrá implicar la exclusión del participante siempre a criterio del “organizador”. El “organizador” se reserva el derecho de modificar estas bases y condiciones en caso de fuerza mayor, comprometiéndose en tal supuesto, a notificar de manera fehaciente dicha decisión por los medios que considere pertinentes en todas las instancias.
5.2 Prohibiciones al ganador. Los ganadores no podrán exigir el cambio del premio por otro, ni por su valor en dinero, ni por un bien ni servicio distinto de los que serán publicados en la grilla mediante código QR. Los premios de la categoría “viajes” únicamente pueden ser gozados por el afiliado ganador y su grupo familiar, debiendo estar la persona ganadora necesariamente presente en el viaje, siendo intransferible el premio a otra persona.
6. Modificación de bases y condiciones. El “organizador” podrá a su exclusivo criterio modificar la duración del sorteo, la fecha y/u horario de retiro de premios a entregar por otro de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos precedentes dando en su caso, la debida comunicación y publicidad fehaciente, y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender, modificar, total o parcialmente, las presentes bases, cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación, ni indemnización alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas bases, y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
7. El simple hecho de participar en este sorteo implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones contenidas en el presente, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, supuestos en los cuales los participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.
8. Para el caso que el premio a los que accedan los ganadores se encuentren gravados por algún impuesto, tasa o contribución, los mismos serán a cargo y costo exclusivo de los ganadores quienes deberán hacerse cargo de dicho impuesto.